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¿Qué son las becas para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (NEAE)?
Las becas NEAE son ayudas directas que concede el ministerio de educación y ciencia para la reeducación pedagógica, psicoeducativa específica y reeducación del lenguaje (logopedia). Las gestionan las diferentes Comunidades Autónomas, para alumnos que requiere especial protección, como son: alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo derivadas de discapacidad, trastornos graves de conducta o trastornos graves de la comunicación y del lenguaje, alumnado con TDAH, al alumnado con trastorno del espectro autista y a los alumnos con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
Estas ayudas consisten en una retribución económica para la intervención de las necesidades que presenta el alumno, siempre y cuando el centro en el que está escolarizado, no pueda atender de forma completa las necesidades que el alumno requiere.
Subsidio extra de 400€
Esta convocatoria incluye como novedad un subsidio para gastos adicionales de carácter general derivados de la escolarización de estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo, que tendrá un importe de 400 euros, que se justifica por el hecho de que las familias con hijos o hijas que tienen estas necesidades asumen unos costes adicionales muy significativos para atender los requerimientos vitales de sus hijos e hijas, lo que, unido a las circunstancias económicas actuales, hace preciso un soporte extraordinario, que se sumará a las cuantías que ya figuraban en convocatorias anteriores, resultando un incremento adicional de las ayudas con este subsidio.
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Alumnos que presentan necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad, trastorno grave de conducta, o trastorno grave de la comunicación y el lenguaje asociado a necesidades educativas especiales siempre que reúnan los siguientes requisitos:
Presentar necesidad específica de apoyo educativo dados su condición de discapacidad o bien de padecer un trastorno grave de conducta o comunicación y lenguaje, habiendo sido acreditada esta condición de tres formas:
Informe del centro base y/o servicios sociales.
Informe del equipo de orientación educativo del centro donde el alumno/a cursa o va a cursar sus estudios.
Certificado de discapacidad de al menos el 33% en alumnos con discapacidad.
Tener cumplidos los dos años de edad a fecha de 31 de diciembre de 2024.
Estar escolarizado en un centro concreto en una unidad de de Educación Especial de centro ordinario o en cualquier otro centro ordinario que escolarice a alumnos con este tipo de necesidades.
Estar cursando algunos de los siguientes niveles educativos:
Educación infantil.
Educación primaria.
Educación secundaria obligatoria.
Ciclos formativos de grado medio y superior.
Enseñanzas artísticas profesionales.
Formación profesional básica.
Programas de formación para la transición de la vida adulta.
REQUISITOS GENERALES:
Acreditar la necesidad específica de apoyo educativo, de acuerdo con lo requerido en las bases de la convocatoria para distintas situaciones y tipos de ayuda.
Económicos. Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuya renta o patrimonio familiar a 31 de diciembre de 2024 no hayan superado, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 117/2023, de 21 de febrero, los umbrales siguientes:
UMBRALES DE RENTA FAMILIAR
Familias de un miembro: 12.534,00 euros
Familias de dos miembros: 20.416,00 euros
Familias de tres miembros: 26.811,00 euros
Familias de cuatro miembros: 31.801,00 euros
Familias de cinco miembros: 36.089,00 euros
Familias de seis miembros: 40.229,00 euros
Familias de siete miembros: 44.143,00 euros
Familias de ocho miembros: 48.031,00 euros
DOCUMENTACIÓN QUE SE SOLICITA:
Para el caso de presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad, trastorno grave de conducta, o trastorno grave de la comunicación y del lenguaje se requerirá acreditarlo por alguna de las siguientes vías:
Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma.
Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente.
Certificado de discapacidad, en su caso.
Si el solicitante requiere ayuda para reeducación pedagógica o del lenguaje, se requerirá, además de la anterior, la siguiente documentación:
Certificación expedida por el inspector de la zona en la que se acredite la necesidad de recibir estos tratamientos por la inexistencia o insuficiencia de la atención pedagógica proporcionada por el centro en el que está escolarizado el alumno solicitante y la inviabilidad de matriculación del alumno solicitante en un centro que disponga del servicio de reeducación requerido.
Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación en el que se detalle la asistencia educativa y las horas semanales que se consideren necesarias para su corrección, así como, en su caso, las prestadas por el centro, la duración previsible de la misma y las condiciones que garanticen su prestación.
Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del mismo, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como del coste mensual.
Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación establecidos en la convocatoria.
Para el caso de presentar necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales:
Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependiente de la administración educativa correspondiente.
Memoria expedida por el centro o el reeducador que preste el servicio en la que conste las características de dicho servicio, así como las horas semanales, el especialista que lo presta y el coste.
COMPONENTES Y CUANTÍAS DE LAS AYUDAS Y SUBSIDIOS
Los componentes y cuantías de las ayudas y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo del curso académico 2025/2026 derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta serán los siguientes:
PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD:
Las solicitudes tanto de ayudas como de subsidios deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es
Solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: se presentará a través del registro telemático de este Ministerio, adjuntando un escaneado de los certificados correspondientes.
Solicitantes sin certificado reconocido de firma electrónica: imprimirán el modelo de solicitud y lo presentarán, una vez firmado por todos los miembros de la unidad familiar que deban hacerlo, en el centro educativo en el que se vayan a realizar los estudios durante el curso 2023-2024. La solicitud no se podrá tramitar si no se presentó en el centro de estudios dentro del plazo de presentación de solicitudes. Dicho centro de estudios proporcionará un comprobante sellado al solicitante, que le servirá de justificante de haber presentado la solicitud.
Téngase en cuenta que el solicitante debe limitarse a presentar la solicitud. Será la unidad de becas que tramita dicha solicitud la que determinará qué ayudas o subsidios le puedan corresponder, en función de la información y documentación de que disponga.
¿CÓMO REALIZAR LA SOLICITUD DE BECA PARA ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO PARA EL PRÓXIMO CURSO ACADÉMICO?
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día 30 de Abril de 2025 hasta el día 11 de septiembre de 2025, ambos inclusive.
Procedimiento:
Entrar en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional:
SEDE ELECTRONICA DEL MINISTERIO
2. Pinchar en el botón de "Acceso a la tramitación electrónica" y registrarse.
Para registrarte, necesitas un usuario y una contraseña:
Si ya te has registrado previamente para cualquier otro trámite en este Ministerio, tu cuenta sigue siendo válida y no hace falta que te vuelvas a registrar.
Si nunca te has registrado, pincha en «Regístrese» y sigue los pasos para crear una cuenta.
Puedes acceder a la solicitud de beca de dos formas:
con Cl@ve (claves electrónicas de administraciones públicas) o certificado electrónico, si dispones de ellos. Si accedes de esta forma, tendrás que tener todos los certificados (te los generará la aplicación al terminar de rellenar la solicitud) rellenados y firmados por quien corresponda (director del colegio, gabinete, inspector de zona...) y presentarlos, mediante la aplicación, escaneados, antes del 16 de septiembre.
mediante el mismo usuario y contraseña con los que te registraste en la sede electrónica. Si accedes de esta forma, bastará con que rellenes la solicitud, imprimas el PDF que se genera y lo presentes en el colegio antes del 30 de septiembre. En este PDF ya están los certificados que necesitas.
3. Rellena el formulario.
Una vez dentro de la aplicación para pedir la ayuda, tienes que rellenar el formulario online.
Lee con calma las instrucciones del formulario, te darán información que tienes que tener en cuenta.
Una vez dentro, tienes que rellenar el formulario online y seguir los pasos para presentarla de forma telemática.
En este paso, no te pedirán que aportes documentación porque las Unidades encargadas de la tramitación de becas consultarán todos los datos necesarios para comprobar que reúnes los requisitos para solicitarla.
Solo en determinados supuestos te pediremos que aportes algún documento concreto.
Recuerda que es imprescindible presentar la solicitud antes de que acabe el plazo.
Es importante que te asegures de que la aplicación te genera un justificantes de haber presentado la solicitud correctamente.
Asegúrate de que tu solicitud no queda en estado borrador. Si fuera así, no sería válida y no podríamos tramitarla.
Fuente: Ministerio de Educación Cultura y Deporte.
Si tienes dudas, en nuestro centro Habla Logopedia en Granada te asesoramos de forma totalmente gratuita y te ayudamos con el trámite sin compromiso. Nos encontramos en Granada capital zona Beiro-Mondragones.
1º Presentación de la solicitud
2º Resolución
3º Ingreso de la cuantía
4º Entrega de facturas
HORARIO: De Lunes a Viernes de 10:00 a
13:00 y de 16:00 a 21:00.
Calle/ Pintor Francisco Pradilla nº4 Local 11
GRANADA (18014)
Tel.: 644 55 44 98
Email: tulogopedaengranada@gmail.com